Referendum y Cunsulta Popular

En uso de las facultades que confiere la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, el Consejo Nacional Electoral, Delegación Provincial Electoral de Loja y la Junta Provincial Electoral de Loja, NOTIFICA a las ciudadanas y ciudadanos que a continuación se detalla, que han sido designadas y designados como Miembros de las Juntas Receptoras del Voto para el Referéndum y Consulta Popular 2024, del domingo 21 de abril de 2024, en amparo a lo establecido en el Art. 44.

Quienes no cumplan con este deber cívico y democrático serán sancionados con el equivalente al 15% de un SBU como estipula el Art. 192 del Código de la Democracia.

Quienes no cumplan con el proceso de capacitación serán sancionados con el equivalente al 10% de un SBU como estipula el Art. 192, numeral 12 del Código de la Democracia.

Acuerdo del Cne y el Gobierno Parroquial.

1. Un espacio físico con la finalidad de realizar la capacitación a los ciudadanos designados como Miembros de Junta Receptora del Voto para el Referéndum y Consulta Popular 2024, del 21 de abril de 2024.

2. Facilidades para realizar la noficación a los ciudadanos designados como Miembros de Juntas Receptoras

del Voto a través de sus canales oficiales (estafetas, página web, mail, grupos de WhatsApp comunitarios).

Publicaciones Similares